2008/11/09

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  • Busco madre de alquiler... en el extranjero
  • Los ginecólogos abogan por autorizar en España la gestación por subrogación para algunos casos. Fue excluida por la Ley de Reproducción Asistida. Decenas de familias acuden a otros países. María, gallega de 27 años, ofreció su útero en Internet por 16.000 euros. “¿Por qué se puede donar un corazón u óvulos y se vetan los úteros de alquiler?” Algunos ginecólogos abogan por permitir esta práctica sólo entre familiares, “Los riesgos son mayores que los beneficios”, sostiene un jurista. Sanidad “no tiene en su agenda” abordar este tipo de maternidad. La opción más común entre las parejas es acudir a California
  • El País, 2008-11-09 # Jaime Prats
"Busco un vientre de alquiler en España". "Estoy muy interesada en alquilar mi útero a pareja seria, no importa si son homosexuales o heterosexuales". "Deseo alquilar un vientre y tener familia porque no puedo tener hijos". "Soy de Barcelona y ofrezco mi vientre de alquiler, sólo pido 40.000 euros". No hay más que introducir en cualquier buscador de Internet las palabras "madre de alquiler" para que decenas de mensajes como éstos se agolpen en la pantalla del ordenador.

María, una gallega de 27 años, que oculta bajo este nombre su identidad es una de estas mujeres que ofreció su útero en la web. "Fue hace meses, estaba desesperada económicamente", explica a través del teléfono. "Me llamaron unas 20 personas, pero yo no estaba dispuesta a hacerlo con cualquiera", apunta. De todos ellos, sólo sintonizó con una pareja gay -"la única que me dio confianza"- con la que llegó hasta a acordar un precio: 16.000 euros. Poco antes de empezar "los chicos se separaron y todo acabó". Ahora María no está tan apurada y no volvería a intentarlo: "Yo ya no, pero conozco a gente que lo ha hecho".

En España, la gestación por subrogación -más conocido como madres de alquiler- está prohibida. La ley no contempla la posibilidad de que una mujer preste su útero a una pareja con problemas de fertilidad. O que lo ceda durante los nueve meses que dura la gestación a una pareja homosexual que desee tener un hijo. De ahí que decenas de familias hayan convertido la Red en el espacio virtual donde, bajo el amparo del relativo anonimato que ofrece una dirección electrónica, cruzar sus peticiones con las ofertas de mujeres, españolas o extranjeras, que se prestan a someterse a un proceso de fecundación in vitro para concebir un bebé a cambio de dinero.

Esta opción, sin embargo, es minoritaria. Lo más habitual es desplazarse a países donde la maternidad subrogada cuenta con amparo legal. Esta condición se da en lugares como Canadá, Israel, India, Rusia, Nueva Zelanda o Suráfrica. Pero donde es mayor la seguridad jurídica y hay más diversidad de agencias es en el Estado de California. Se ha convertido en el principal destino de este particular turismo reproductivo.

Gabriel Garzo es el director médico de Reproductive Partners Medical Group, un centro de reproducción asistida situada en la elitista localidad de La Jolla (cerca de San Diego, California). Este ginecólogo, que trabaja con Building Families Inc., una de las principales agencias de maternidad por subrogación, comenta que no hay mes que no atiendan a dos o tres parejas españolas. Algo similar sucede con la agencia B-Coming. Hasta el punto que esta firma ha llegado a desplazar a España representantes para explicar sobre el terreno a las familias interesadas cuál es el procedimiento que deben seguir para tener un hijo mediante madres de alquiler e informar de sus servicios.

Hay agencias para todos los gustos. Algunas no aceptan a parejas del mismo sexo, personas divorciadas o solteras (Building Families, por ejemplo, exige que sus clientes estén casados y sean heterosexuales). Además, existe una gran variedad de precios: desde los 20.000 hasta los 100.000 euros. En esta oferta tan extensa hay quien ha visto una oportunidad para hacer negocio. Es el caso del despacho Legal Iberoamericana de Alicante que, como indica uno de sus socios, el abogado Miguel Ángel Boix, cobra 500 euros por filtrar entre el "enjambre de agencias" que hay en Estados Unidos, la que mejor se adapta a cada cliente. Y, según sus palabras, no le va mal. "Cada día, recibimos entre dos y tres llamadas de personas interesándose por esta posibilidad", apunta.

Ante esta realidad de parejas que buscan vientres de alquiler en España o en el extranjero, cada vez son más las voces que se muestran favorables a que el ordenamiento jurídico autorice la gestación por subrogación en España, sobre todo para determinados casos. Una de los últimos pronunciamientos públicos lo hicieron los ginecólogos reunidos el pasado julio en el congreso anual de la Sociedad Europea de Reproducción Humana y Embriología, que agrupó en Barcelona a los mayores especialistas en fertilidad.

La misma opinión sostiene Antonio Pellicer, codirector del Instituto Valenciano de Infertilidad: "No entiendo por qué es legal trasplantar un corazón o donar ovocitos y, sin embargo, una mujer con problemas para concebir no puede recurrir a una madre de alquiler". Pellicer es partidario de la autorización de esta fórmula "para determinadas indicaciones clínicas".

Este catedrático de Ginecología de la Universidad de Valencia se refiere a mujeres con problemas de infertilidad, como pueden ser pacientes que han perdido el útero tras un cáncer. O personas con patologías de base a quienes un embarazo y un parto representan un sobreesfuerzo físico tal que puede poner en riesgo su salud o lesionar irreversiblemente determinados órganos (mujeres con diabetes, afectadas de retinopatías, neuropatías o cardiopatías). "Ahora mismo tengo el caso de una chica muy joven con miomas a la que tengo que extirpar el útero. Sería un ejemplo perfecto de una indicación clara para acudir a una madre de alquiler cuando quiera tener hijos". En estos casos, la paciente tiene los ovarios intactos, por lo que el hijo sería concebido por fecundación in vitro con sus óvulos y el esperma de su propia pareja. Así, el bebé sería 100% biológicamente suyo. Si alguno de ellos tuviera algún problema de fertilidad, siempre se podría acudir a un banco de semen u óvulos.

Con Pellicer coindice Buenaventura Coroleu, presidente de la Sociedad Española de Fertilidad y jefe del servicio de medicina de la reproducción de otro de los grandes centros de referencia en este campo, el USP Instituto Universitario Dexeus de Barcelona. Tanto en la conveniencia de autorizar este procedimiento como en que se introduzca de forma muy progresiva y controlada, al menos, en una primera fase. Los requisitos no se limitarían sólo a exigir que se cumplieran determinadas salvedades médicas. Pellicer plantea otras condiciones como que la llamada madre solidaria tenga una relación de parentesco con la madre subrogada (su hermana, por ejemplo), así como que no exista dinero de por medio. "La idea es evitar que se mercantilice", explica el ginecólogo valenciano. Pero no sólo eso. También así se supone que se evitarían la mayor parte de los problemas legales que se derivan de este procedimiento, como pueden ser las reclamaciones de las madres de alquiler que cambian de opinión tras el embarazo y se niegan a desprenderse del bebé al que han dado a luz.

Sin embargo, hay quien no lo tiene tan claro. "En términos generales, no sería conveniente autorizarlo", comenta Carlos Romeo, director de la cátedra de Derecho y Genoma Humano de la Universidad del País Vasco y Deusto.

Romeo considera prácticamente imposible diseñar un armazón legal capaz de prevenir o, en su caso, resolver eficazmente las incidencias que pueden derivarse de esta práctica. Sostiene que hay que poder adelantarse a posibles reclamaciones de las madres subrogadas, eventuales renuncias de hijos encargados y demás circunstancias que se puedan producir, lo que representa todo un reto "porque cualquier fleco que se deje abierto puede dar origen a problemas gravísimos en los tribunales". Y duda que esto sea posible. Así, a su juicio, "si se ponderan los riesgos y los beneficios, que son limitados porque esta opción es minoritaria, es mejor no abordar la cuestión". Sólo deja la puerta entreabierta si se trata de familiares "y con un parentesco muy próximo".

La opinión de Romeo fue la que se impuso en los debates previos a la aprobación de la Ley de Reproducción Humana Asistida en 2006. Sanidad, a cuyo frente se encontraba la ministra socialista Elena Salgado, optó por dejar las cosas como estaban y frenar los úteros de alquiler. A pesar de que esta cuestión levanta un enconado rechazo entre los sectores más conservadores y la Iglesia católica, no fueron los dilemas éticos los que más pesaron en la decisión.

"Ni los políticos del ministerio ni el equipo jurídico quisieron regular los posibles conflictos legales que podrían surgir entre la madre subrogante y los padres", recuerda Montserrat Boada, coordinadora del programa de fecundación in vitro de la Dexeus. Boada era por entonces miembro de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, organismo asesor del ministerio, de la que también formaba parte Carlos Romeo. "No quisieron meterse en este berenjenal", comenta gráficamente. "Los problemas legales no pueden ser una excusa razonable", sostiene otra consejera que formó parte de estas deliberaciones, "en su sueldo está resolver estos problemas, por complicados que sean".

Un ejemplo de los retos legales a los que se refiere Romeo sucedió en la India este verano. Una pareja de japoneses se desplazó a este país para alquilar los servicios de una mujer. Pero durante el embarazo se divorciaron y se desentendieron de la pequeña Manji, que nació el 25 de julio en el Estado de Gujarat, tras desembolsar el pago acordado. Lo mismo hizo la mujer que dio a luz a la niña, que la abandonó. Al final, tras un complejo proceso judicial en el que intervino el Tribunal Supremo del país, la niña quedó bajo custodia de su abuela paterna japonesa, que acudió a recogerla.

Pese a los desafíos que plantea la maternidad subrogada, cada vez son más los países que deciden abordar esta cuestión. Francia ha sido de los últimos en sumarse a esta lista. Lo hizo en junio, cuando un grupo de trabajo del Senado propuso la aprobación de las madres de alquiler y evitar que unas 400 parejas francesas, según sus cálculos, se desplacen al extranjero en busca de un hijo. En principio, esta ley excluiría a los homosexuales e impide toda remuneración económica, excepto la derivada de los costes médicos. Además, los padres y la madre de alquiler necesitan el visto bueno de la agencia francesa de Biomedicina, así como de un magistrado.

No parece que España vaya a seguir por la senda francesa. El Ministerio de Sanidad "no tiene en su agenda" abordar esta cuestión, según fuentes del departamento que dirige Bernat Soria. Al menos "de momento", añaden.

  • Gestación subrogada en el mundo
  • España: la ley de reproducción asistida no reconoce el acuerdo entre la madre sustituta y los padres contratantes.
  • Argentina: sujeta a una autorización caso a caso de un comité de evaluación.
  • Estados Unidos: Depende de cada estado. El más permisivo es California. Otros (Utah, Arizona o Nuevo México) la prohíben.
  • Grecia: Se exige que no exista intercambio de dinero y que la madre no pueda tener hijos.
  • Brasil: No está regulado por ley, pero se permite siempre que no existan acuerdos económicos.
  • Israel: La pareja debe de estar casada y la madre de alquiler debe ser soltera. Un comité del Ministerio de Sanidad debe dar permiso.
  • China: Prohibido por ley.
  • Francia: Un informe del senado propone autorizar las madres de alquiler.
  • Reino Unido: Está permitida por ley siempre que no haya ánimo de lucro.
  • Italia: Prohibido por ley.
  • Fuente: Sociedad Americana de Medicina Reproductiva (abril, 2007).

Obstáculos legales y realidad social
La normativa española sostiene sobre dos pilares su oposición a los vientres de alquiler. La Ley de Reproducción Asistida de 2006 establece, por un lado, que la filiación de los hijos nacidos por gestación por sustitución viene determinada por el parto. Es decir: madre es quien da a luz. Pero además, considera "nulo de pleno derecho" cualquier contrato por el que se acuerde la gestación por parte de una mujer en favor de terceros.

En el estado de California, principal destino de los españoles que salen al extranjero para tener hijos mediante esta fórmula, el escenario regulador es radicalmente distinto. Para empezar, no existe una ley que aborde la cuestión. Las reglas de juego se basan en la jurisprudencia emanada de su Tribunal Supremo que fija que los derechos de los padres subrogantes deben prevalecer siempre sobre la madre natural, que en ningún caso puede revocar el contrato. Estos acuerdos, no sólo están blindados. Son tan minuciosos y extensos que algunos incluyen aspectos del menú que debe seguir la gestante.

El momento clave del proceso se produce a los ocho meses de embarazo. Entonces es cuando tiene lugar el llamado juicio de paternidad en los juzgados de familia, en el que ante la presencia del ginecólogo que ha practicado la fecundación in vitro, la agencia que ha seleccionado a la madre de alquiler, los padres y el resto de las partes interesadas, el juez asigna formalmente la paternidad a los contratantes, que quedará reflejada en el certificado de nacimiento.

Los obstáculos aparecen al pisar el consulado español de Los Ángeles, que rechaza inscribir estos nacimientos. La tesis que sostiene la dirección general de los Registros y del Notariado es que estas parejas han hecho un fraude de ley ya que esta práctica no es legal en España. Algunos de los padres que se han desplazado a Estados Unidos comentan que los problemas se suelen resolver luego en Registro Civil Central de Madrid, aunque hay ocasiones en los que no es sencillo.

Juristas como Alfonso Luis Calvo Caravaca, catedrático de Derecho Internacional Privado de la Universidad Carlos III de Madrid abogan por una reforma de la ley de Registro Civil "para evitar este tipo de problemas y adaptar la norma a la realidad social".

1 comentario:

Unknown dijo...

...Algo similar sucede con la agencia B-Coming. Hasta el punto que esta firma ha llegado a desplazar a España representantes para explicar sobre el terreno a las familias interesadas cuál es el procedimiento que deben seguir para tener un hijo mediante madres de alquiler e informar de sus servicios...

Mucho han cambiado las cosas desde está publicación. B-coming ha sido denunciada por ESTAFA por un grupo de familias españolas.
Desde nuestra web www.vientredealquiler.com recomendamos un buen asesoramiento antes de iniciar ningún proceso de subrogación.