2008/01/29

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  • Madre no hay más que una
  • Gara, 2008-01-29 # Belén Martínez · Analista social

La sentencia establece que la orientación sexual de las personas no es pertinente a la hora de autorizar una adopción. A partir de ahora ya no se podrá seguir oponiendo supuestos intereses de la infancia y orientación sexual de quienes adopten


El pasado 9 de enero se cumplían cien años del nacimiento de Simone de Beauvoir. Me gustaría saber qué diría la autora de «El segundo sexo», a propósito de los datos del Institut d'Études Démographiques (INED), que estiman que, en el Estado vecino, entre 24 y 40.000 niños y niñas son educadas por familias compuestas por dos personas del mismo sexo.


Hace una semana conocimos una decisión histórica de la Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH), por la que Francia era condenada a pagar una indemnización de 10.000 euros, en concepto de daños morales, a Emmanuelle, una educadora infantil de 46 años que vive en pareja con una psicóloga desde hace 18, y a la que se le impedía la adopción de un bebé desde hacía diez años.


Es la primera vez que este Tribunal condena a un estado del Consejo de Europa debido a una discriminación por razón de la orientación sexual en una demanda de adopción. La sentencia reconoce también que ha existido una violación del respeto de la vida privada y familiar, y considera que no existen razones «particularmente graves y convincentes» para la justificación de una diferencia de trato, puesto que la legislación francesa autoriza la adopción a las personas solteras. La sentencia establece que la orientación sexual de las personas no es pertinente a la hora de autorizar una adopción; es decir, que a partir de ahora ya no se podrá seguir oponiendo supuestos intereses de la infancia y orientación sexual de quienes adopten. Ser lesbiana, gay y bisexual ya no podrá constituir un obstáculo para la adopción.


En 1998, a Emmanuelle se le denegó la adopción, aludiendo a la ausencia de referentes de identidad paterna, principalmente. En 2002, el Consejo de Estado confirmaba el rechazo de la solicitud de adopción, atendiendo a las necesidades e interés de la criatura.


Así las cosas, la mujer se dirigió a la Corte Europea de Derechos Humanos invocando la vulneración de los artículos 14 (prohibición de discriminación) y 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) de la Convención Europea de los Derechos Humanos.


Anteriormente, en el año 2002, la CEDH había rechazado otra demanda en ese mismo sentido, indicando que la legislación francesa permite un amplio margen de interpretación a la hora de conciliar los intereses de la persona demandante y de las niñas y niños que pudieran ser adoptados. De hecho, en París no existe impedimento para que una soltera lesbiana pudiera adoptar un bebé.


En Alemania, Bélgica, Dinamarca, Estado español, Islandia, Noruega, Holanda y Reino Unido se autoriza la adopción conjunta a parejas gays o lesbianas. La adopción conjunta conlleva visibilizar una situación -pertinente desde el punto de vista social e irrelevante desde el punto de vista moral-. También supone cuestionar una historia saturada de prácticas y de discursos patriarcales. Para Wittgenstein aprender un lenguaje es aprender una forma de vida. ¿Podremos seguir diciendo aquello de «madre no hay más que una»? That is the question.

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