2008/04/25

> Komunikatuak: FELGTB > LA FELGTB RECHAZA LAS CRITICAS A LA GUIA DE SALUD SEXUAL DE STOP SIDA

  • La FELGTB rechaza las críticas a la guía de salud sexual de Stop Sida
  • Dejar fuera realidades o hablar distintos idiomas es algo inútil para la prevención del VIH y otras infecciones de transmisión sexual
  • FELGTB, 2008-04-25

ABC ha publicado hoy una noticia en la que se escandalizan por el contenido de una guía de salud sexual editada por Stop Sida , por su lenguaje explícito y su información referente a diferentes tipos de realidades.


Pese a que la FELGTB no ha editado la guía ni Stop Sida sea una ONG federada, tal y como dice equívocamente la información de ABC, la Federación quiere destacar:


El manual titulado "Esta guía va de culo", dirigido a hombres que tienen sexo con hombres, aborda también a los usuarios de drogas, porque negar que existan es negar la evidencia, y hay que evitar también que ellos puedan contraer o transmitir VIH u otras infecciones de transmisión sexual.


Antonio Poveda, presidente de la FELGTB , ha dicho a este respecto “la prevención del VIH es salud y uno de sus espacios son las ferias de salud, no habla de salud sino de moral la Iglesia Católica y sin embargo la Comunidad de Madrid le ha abierto las puertas de los comités éticos de los hospitales. Esto es lo que confunde, no la guía de Stop Sida ”. Asimismo Poveda ha puesto “muy en duda” la afirmación de que las guías fueran accesibles a niños: “entre las normas básicas de intervención para todas las organizaciones que trabajamos en prevención de VIH se encuentra la del resguardo de la información y su entrega sólo a las personas a la que va dirigido el mensaje preventivo. Ese tipo de elucubraciones solo pretenden impedir el derecho de los ciudadanos a recibir información sobre prevención de VIH y otras ITS” .

> Berria: Abortua > 4.000 HISTORIAS CLINICAS DE ABORTOS SE FILTRAN EN LA RED A TRAVES DE EMULE

  • 4.000 historias clínicas de abortos se filtran en la Red a través de eMule
  • Protección de Datos sanciona con 150.000 euros a un centro médico de Bilbao
  • El País, 2008-04-25 # Mónica C. Belaza · Madrid

Descargarse música o películas desde el ordenador del trabajo a través de un programa de intercambio de archivos puede tener efectos trágicos y no calculados, causados por quien quizá sólo pretendía meter en su MP3 una canción de David Bisbal. Un error de este tipo ha podido provocar que 11.300 historias clínicas, de ellas 4.000 de casos de aborto, acaben expuestos ante cualquier internauta.


El desconocimiento tecnológico de algún empleado de una clínica ginecológica pudo llevarle a poner a disposición del programa eMule (el más popular de intercambio de archivos entre particulares), y por lo tanto al alcance de millones de personas, todos estos datos, contenidos en una carpeta del disco duro de su ordenador. No se sabe con exactitud quién ha sido el culpable, ni las razones de la filtración, pero la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de sancionar a la clínica, el centro médico Lasaitasuna, en Bilbao, con 150.000 euros. Todavía están en plazo para recurrir la resolución.


No es un caso único. Es el tercero que sanciona Protección de Datos, que tiene abiertos, además, otros 19 expedientes por asuntos similares. Éste es especialmente grave. Se trata de datos médicos ginecológicos y de urología y, en 4.000 casos, son historias clínicas relacionadas con interrupciones voluntarias del embarazo, extremadamente sensibles y cuya divulgación afecta a la intimidad de las mujeres. El centro médico ha declinado hacer declaraciones, pero sus responsables afirmaron ante la Agencia de Protección de Datos que desconocían cómo el fichero había acabado en Internet a la vista de cualquiera. No sabían si había sido el error de un empleado o algo premeditado por alguna persona.


La Policía Local de Ourense fue la que encontró las historias clínicas en el eMule. Estos agentes se han convertido en una especie de guardianes de la protección de datos en la Red. Ellos han sido quienes han dado la voz de alarma en todos los expedientes abiertos en Protección de Datos en 2007 por denuncias relacionadas con el hallazgo de ficheros con datos de carácter personal en redes p2p (peer to peer, o entre iguales).


Una vez conocido el problema, Protección de Datos abrió una inspección. En el centro médico bilbaíno encontraron un fichero de gestión de pacientes igual que el que se había hallado en Internet. En el mismo se podía acceder a datos de las consultas de ginecología, vasectomías e interrupciones de embarazo por aspiración y por píldora. Los registros aparecían asociados a pacientes y a su historia clínica.


La clínica implantó de inmediato en su sistema informático medidas de seguridad de nivel alto. Pero por la filtración de los datos ha sido sancionada por "infracción muy grave" con una multa de 150.000 euros. La sanción podía haber sido mayor -la Ley de Protección de Datos castiga este tipo de infracciones con multas de 300.000 a 600.000 euros-, pero se moderó por la colaboración mostrada por la titular del centro a lo largo del procedimiento, que desarrolló "una extensa actividad para evitar la comisión de infracciones en materia de protección de datos de carácter personal", según la resolución de la agencia.


"En este caso se trata de un error inexcusable de la clínica, que no tenía las medidas de seguridad necesarias para evitar que se produzca una gravísima filtración de estas características", explica el director de la Agencia de Protección de Datos, Artemi Rallo. "Pero hay que hacer un llamamiento global, lo más alto y claro posible, a todas las empresas, hospitales, bancos, guarderías, colegios, para que extremen las garantías y las cautelas y revisen sus sistemas. Hay que hacer una política activa de formación, información y concienciación. La sociedad de la información tiene ciertos riesgos que deben controlarse, y con estos casos quedan en evidencia las limitaciones de muchos ciudadanos a la hora de usar correctamente las herramientas tecnológicas", añade.


Los consejos de Protección de Datos para evitar estos casos son los siguientes: en primer lugar, que la empresa, centro o administración analice si es estrictamente necesario, por razón de los trabajos que se desempeñan, que sus equipos informáticos tengan un software de intercambio de archivos. Si no son necesarios, deben bloquearse. En segundo lugar, habría que establecer medidas adicionales de seguridad para limitar el acceso de los trabajadores a datos tan delicados como los relativos a salud o a los menores.


Protección de Datos ha abierto 21 expedientes en 2007 por filtraciones de datos personales a Internet. Uno de los ficheros encontrados contenía datos de los miembros y directivos de una comunidad religiosa; otro hablaba de solicitantes de adopciones internacionales; otro, de miembros de un sindicato. Cinco se referían a datos de clientes de la empresa, tres a historias clínicas filtradas a la Red y otras cinco a datos personales de recursos humanos.


"Las administraciones públicas, que son las que promueven la sociedad de la información, tienen que promover en paralelo políticas de concienciación y prevención", concluye Artemi Rallo. "Éstos son errores fatales que se pueden evitar con información suficiente. Los ciudadanos tienen que ser conscientes de que a las descargas en Internet las carga el diablo".


Descargas en la Red

- España ocupa el primer lugar en Europa y en el mundo en descargas realizadas a través de Internet.- Según los datos de un estudio elaborado en 2007 por la Asociación Europea de Publicidad Interactiva (EIAA), el 58% de los usuarios españoles se bajan discos y el 52% películas o videoclips, mientras que la media europea está en el 37% y el 20%, respectivamente.

> Iritzia: Pedro Zerolo > DERECHA CLERICAL

  • Derecha clerical
  • El Plural, 2008-04-25 # Pedro Zerolo · Concejal en el Ayuntamiento de Madrid y miembro de la Ejecutiva Federal del PSOE

La presencia de curas en los comités de ética de hospitales madrileños es inadmisible, no responde ni a la búsqueda del bien común ni al interés general, responde más bien a la promoción de un interés particular.


La decisión de Esperanza Aguirre se enmarca dentro de la línea política ultraconservadora y clerical que ha caracterizado al Partido Popular durante la pasada legislatura; una lógica de derecha extrema que, parece, se va a mantener en los próximos años. Una lógica inquisitorial, invasora de las libertades individuales que, a estas alturas, sigue más cerca del pensamiento político absolutista de Fernando VII que de los principios liberales surgidos en la Ilustración. Porque fueron principios como la libertad de credo y pensamiento, como la separación entre Iglesia y Estado, los que dieron vida a la mayor conquista que jamás haya logrado la humanidad: la democracia.


Ningún otro sistema político ha logrado defender y promover la libertad, avanzar en la lucha por la igualdad, y generar bienestar como puede hacerlo la democracia. Y puede hacerlo porque renuncia a los dogmas en la esfera pública y los protege en la esfera privada, porque destierra cualquier policía del pensamiento, porque su reino sí es de este mundo y su diosa la razón.


No alcanzo a encontrar justificación alguna en la decisión de la señora Aguirre. De hecho, me veo obligado a escribir que, incluso con todo lo que le hemos visto decir y hacer desde su rancio conservadurismo, me ha sorprendido. Me cuesta imaginar una medida más reaccionaria y fundamentalista en la España de nuestro tiempo que situar, dentro del espacio público, al representante de cualquier confesión religiosa entre quienes ejercerán su pericia sobre lo más íntimo que tiene cualquier ser humano: su muerte, nuestro derecho a morir dignamente. Por lo demás, queda claro que Aguirre no tiene nada de liberal y mucho de clerical.

> Beria: Justizia > EL GOBIERNO PIDE A LA FISCALIA QUE ESTUDIE EL CONVENIO ENTRE AGUIIRE Y ROUCO SOBRE LSO COMITES DE ETICA

  • El Gobierno pide a la Fiscalía que estudie el convenio entre Aguirre y Rouco sobre los comités de ética
  • "No se puede imponer a los pacientes criterios basados en creencias religiosas", afirma la vicepresidenta De la Vega
  • El País, 2008-04-25 # EFE · Madrid

El Gobierno ha pedido a la Fiscalía y a la Agencia de Protección de Datos que estudien si procede emprender acciones legales contra el convenio suscrito entre la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y el Arzobispado, que permite la presencia de sacerdotes en los comités de ética de los hospitales públicos. Así lo ha anunciado hoy la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha indicado que, de acuerdo con la Constitución, "los servicios públicos de salud no pueden imponer a los pacientes criterios basados en creencias religiosas".


Por esa razón, el Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia, se ha dirigido al Ministerio Fiscal y al director de la Agencia de Protección de Datos para que analicen el contenido del convenio y estudien si vulnera derechos fundamentales, como los derechos a la intimidad, la autonomía personal, la salud y la libertad religiosa.


En tal caso, el Gobierno solicita que se proceda a "ejercitar las acciones que consideren oportunas en defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos".


Fernández de la Vega ha subrayado que la voluntad de los pacientes sobre su salud no puede tener otros límites que los previstos en el ordenamiento jurídico y los que se derivan de los criterios profesionales.

> Berria: Terminologia > DARLING YA ES UN NOMBRE DE MUJER EN ESPAÑA

  • Darling ya es un nombre de mujer en España
  • Una mujer colombiana y española gana el pulso a Administración y mantiene su nombre y su "dignidad"
  • El País, 2008-04-25

Darling Vélez Salazar lleva 33 años siendo Darling Vélez Salazar. Sin embargo, sólo hace unos meses que es española, ya que nació en Colombia. Esta mujer emigró a España y logró la doble nacionalidad, pero estuvo a punto de perder su nombre por el camino. El Registro Civil de Madrid pretendía que lo cambiara por otro "del santoral" si quería regularizar sus papeles. Sin embargo, Darling se negó, peleó y venció: tendrán que inscribirla con su verdadero nombre. Esta resolución judicial, en palabras de Darling (cariño, en inglés), le permitirá mantener no sólo su "identidad real", sino también y más importe, su "dignidad". La legislación española, como bien sabe ahora Darling, permite los nombres extranjeros y también de fantasía. Pero al menos otros 12 inmigrantes no lo sabían y han tenido que elegir otro nombre con el que proseguir sus vidas.


A esta mujer se le había concedido la nacionalidad española pero el juez encargado del Registro Civil Unico de Madrid no le permitió registrarse con su nombre "al no ser admisible en la legislación española", por lo que le aconsejó que se lo cambiara por otro "de un listado que le mostró o por los del santoral", según explica su abogado, Gustavo Fajardo.


"Otra mujer que estaba conmigo haciendo el mismo trámite se lo cambió, pero yo no quise, porque era como renunciar a mi identidad y a mi dignidad y atentaba contra mi integridad como persona", dice la propia Darling, que hoy ha comparecido para mostrar su satisfacción ante los medios, junto a miembros de la organización AESCO (América, España, Solidaridad y Cooperación) que le han acompañado en este proceso.


Un "antropónimo de fantasía apto"
Reconoce que alguna vez cayó en el desánimo, ya que quedó suspendida su inscripción, y pensó en que debería ceder a las normas impuestas en el registro. "Pero al final seguí, porque quería que en mi documentación apareciera mi nombre", asegura Darling, quien explica que en Colombia son normales los anglicismos de este tipo. El abogado de esta asociación, que defiende los derechos de los inmigrantes, ha elogiado el arrojo de Darling porque "ha arriesgado la posibilidad de perder su nacionalidad para intentar que primaran sus derechos como mujer y como persona".


Ante estas situaciones, "centenares de inmigrantes que tienen urgencia de coger su DNI, de traerse a su familia o de concluir con el via crucis del papeleo aceptan cambiar su identidad", explica el letrado, quien ha señalado que conoce 24 casos similares y que de ellos 12 han elegido cambiarlo, muchos por uno vasco, "porque no ponen problemas para registrar un nombre vasco, pero sí uno que es legal en Colombia". "El caso de Darling es como una bandera de confrontación contra una política de marginación y de exclusión contra la inmigración porque se negaba un elemento esencial: el ser humano sin el nombre no es ser humano, el nombre es el alma del ser humano", ha añadido Fajardo. Según el abogado, el Estado debería favorecer la formación de nuevos jueces "con los manuales de la democracia y no con los del franquismo" para evitar que se adoptaran decisiones "arbitrarias", como la de su cliente.


En el recurso presentado ante el registro, la defensa de la mujer alegó que el nombre no era indecoroso ni atentaba contra el orden público, que no puede ser cambiado contra su voluntad y que la exigencia de hacerlo atenta contra un principio internacional de reciprocidad, ya que en Colombia al inscribir a los nacionalizados no les impone esta obligación. Además, que este cambio obligaría a la mujer a revisar, desde su nacimiento, todos los actos jurídicos en los que ha intervenido a lo largo de su vida y a modificar toda su documentación oficial. El caso ha sido resuelto por la Dirección General de los Registros y del Notariado que establece que "la contestación ha de ser forzosamente afirmativa, porque Darling ha de ser considerado como un antropónimo de fantasía apto para designar a hombre o mujer y no incurre en ninguna de las prohibiciones" que fija la ley.


Lo que dice la Ley
El encargado del Registro Civil ha de examinar si el nombre que se solicita es admisible o no conforme a las reglas generales de imposición del nombre y sus limitaciones previstas en los artículos 54 de la Ley de Registro Civil y el 192 del Reglamento del Registro Civil. Estos preceptos determinan, literalmente, lo siguiente:


- Artículo 54 de la Ley de Registro Civil:

En la inscripción se expresará el nombre que se da al nacido, si bien no podrá consignarse más de un nombre compuesto, ni más de dos simples.


Quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona, así como los diminutivos o variantes familiares y coloquiales que no hayan alcanzado sustantividad, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan en su conjunto a error en cuanto al sexo.


No puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua.


A petición del interesado o de su representante legal, el encargado del Registro sustituirá el nombre propio de aquél por su equivalente onomástico en cualquiera de las lenguas españolas. (Artículo redactado según Ley 40/1999).


- Art. 192 del Reglamento del Registro Civil:
No se podrán imponer más de dos nombres simples, que se unirán por un guión, o de uno compuesto. Se permiten los nombres extranjeros. Si tuvieren traducción usual a cualquiera de las lenguas españolas, se consignarán en la versión que elija quien haya de imponer el nombre.


Son nombres prohibidos por extravagantes los que por sí o en combinación con los apellidos resulten contrarios al decoro de la persona.


Se prohíbe también cualquier nombre que haga confusa la designación o que induzca en su conjunto a error sobre el sexo.


Nombres abstractos o de fantasía
Tras años y años en los que el franquismo impedía a los españoles llamarse Koldo (Luis en euskera), el criterio aperturista se consagró en 1980, cuando se admitieron "nombres de personajes históricos, mitológicos, legendarios o artísticos, nombres geográficos y, en general nombres abstractos o de fantasía, para cuya interpretación debe tenerse en cuenta la realidad social, cultural y política actual de nuestro país".


Se ha admitido como nombres de fantasía como Mariposa, Brisa Chispa-Mercedes, Muaré, Aiane, Luisalba o Loimar. Asimismo y conforme establece el apartado 3 de la Circular de 2 de julio de 1980: "En principio no pueden considerarse extravagantes, impropios de personas ni subversivos, los nombres que se refieran a valores regidos en la Constitución". Parece que están admitidos vocablos como Libertad, Constitución y otros valores consagrados en la Norma Fundamental.