- La Corte de Justicia europea dice que negar la pensión de viudedad a las parejas homosexuales es discriminatorio
- Las decisiones de la Corte no obligan a los países de la Unión a acatar sus fallos
- El País, 2008-04-01 # Agencias · Luxemburgo
Las parejas del mismo sexo tienen derecho a cobrar pensiones de viudedad, según lo ha establecido hoy la Corte de Justicia europea. No hacerlo, ha añadido, es discriminatorio. A pesar de lo establecido por el máximo tribunal de la Unión, el fallo no es vinculante para los países que forman parte de ella, sino recomendatoria. Lo tribunales supremos de cada país pueden establecer lo que consideren oportuno.
La Corte considera que, en aquellos países en los que el matrimonio está reservado a personas de distinto sexo, las parejas homosexuales inscritas en los registros oficiales deben disponer de los mismos derechos que los casados. Así, explica el tribunal, se aplican las medidas para terminar con la discriminación social en los países de la Unión, y dicha discriminación, que incluye la sexual, se da en el caso de las pensiones de viudedad y otras prestaciones sociales aplicables a los cónyuges.
La sentencia resuelve el caso de una pareja en Alemania que se registró como pareja de hecho. Uno de los dos murió en 2005 y su pareja quedó desprotegida por el sistema social alemán. El viudo solicitó la pensión pero un tribunal alemán la desestimó, dejando la decisión al tribunal europeo de Luxemburgo.
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