- El registro gallego de parejas de hecho recibe 242 peticiones en un mes
- Faro de Vigo, 2008-03-06 # Ana Ramil · A Coruña
El Registro de Parejas de Hecho de Galicia -que comenzó a funcionar el pasado 28 de enero- ha recibido 242 solicitudes de inscripción en su primer mes de vida, según los últimos datos de la Consellería de Presidencia, entidad de la que depende este organismo. El registro autonómico se rige por la Lei de Dereito Civil -aprobada en 2006- que equipara los derechos de las uniones de hecho a los del matrimonio.
Pontevedra es, con 105 peticiones, la provincia en la que más ciudadanos han decidido oficializar su unión no marital; seguida de A Coruña (98), Ourense (22) y Lugo (17). Por el momento, estas solicitudes están en vías de resolución ya que "la Administración tiene un plazo de tres meses desde que una pareja presenta la documentación necesaria hasta que se confirma o no su ingreso en el registro", señalan fuentes de Presidencia.
La legislación gallega define como parejas de hecho a la unión de dos personas mayores de edad, capaces y que convivan con vocación de permanencia en una relación de afecto similar a la conyugal. Para que esta unión pueda acceder a los mismos derechos que cualquier matrimonio, los cónyuges deben expresar por escrito esta voluntad, haber residido al menos un año juntos y estar inscritos en el registro autonómico. "Los registros municipales se regulan por la normativa estatal. Sólo quienes también se inscriben en la base de datos gallega pueden equiparar su situación legal a la de un matrimonio", matizan en Presidencia.
De este modo, quienes se inscriban en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia pueden optar a una pensión de viudedad, recibir un tercio de la herencia si no hay descendencia, un cuarto si se tienen hijos o recibir una indemnización por el fallecimiento de uno de los cónyuges en accidente laboral, entre otras prestaciones. Además, a la hora de inscribirse, los miembros de la pareja pueden establecer pactos especiales para regular sus relaciones económicas durante la convivencia y al finalizar la misma, siempre que se ajusten a la legislación vigente en el país y no limiten la igualdad de derecho.
El recién estrenado registro autonómico funciona de forma descentralizada -a través de las delegaciones provinciales de la Consellería de Presidencia, Administración Pública e Xustiza- aunque jurídicamente está configurado como una base de datos única.
Entre las funciones de este organismo se encuentran la de tramitación y resolución de las solicitudes así como la anotación y cancelación de las inscripciones. Además, el registro certificará y publicará los datos sobre cancelaciones, existencias, los pactos y sus modificaciones o el número de parejas inscritas cuando sean requeridos por el juzgado, el tribunal, el Parlamento gallego u otros organismos públicos. La Dirección General de Justicia es quien se encarga de las funciones de coordinación, información y aprobación de las directrices comunes sobre el procedimiento de inscripción y su gestión. Con este organismo, Galicia crea una legislación para parejas de hecho, algo que ya existen en muchas autonomías.
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