2008/01/10

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  • Huelva: Junta registra 135 nuevas parejas de hecho onubenses durante 2007, un 66 por ciento más que en 2006
  • Europa Press, 2008-01-10

La Delegación para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta en Huelva ha registrado un total de 135 uniones onubenses se ha inscrito como pareja de hecho durante 2007, un 66 por ciento más que las consignadas el año anterior y de las que un 93 por ciento fue heterosexual, por un siete por ciento homosexual, un número similar al contabilizado en 2006.


De estas nuevas incorporaciones, el 87 por ciento es de carácter básico y el resto cuenta, además, con disposiciones testamentales y pactos de convivencia, según informó la Delegación del Gobierno andaluz en Huelva en un comunicado.


Desde 1996, Igualdad y Bienestar Social ha inscrito a un total de 391 parejas de hecho en Huelva, de las que el 92 por ciento es heterosexual y, el resto, homosexual.


Este trámite garantiza el acceso de las parejas de hecho a los beneficios que la normativa autonómica confiere a las uniones matrimoniales. En este sentido, la delegada provincial para la Igualdad y Bienestar Social, Carmen Lloret, recordó que la inscripción como pareja de hecho "es una de las fórmulas contempladas en la ley como la unión de dos personas, con independencia de su opción sexual, al objeto de convivir de forma estable en una relación de afectividad análoga a la conyugal".


Las nuevas formas de convivencia y la evolución del modelo familiar, junto a las transformaciones sociales de las últimas décadas, han traído consigo distintas fórmulas de unión al margen del matrimonio. Los derechos de las parejas de hecho abarcan también la posibilidad de acogimientos simples o permanentes de menores, así como de solicitar el ingreso conjunto en residencias para personas mayores.


Para inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía es necesario que uno de los miembros de la pareja tenga residencia habitual en un municipio de la comunidad autónoma, ser mayores de edad o menores emancipados y no estar casados ni inscritos ya como pareja de hecho. Asimismo, no pueden ser parientes en línea recta de consanguinidad o adopción, ni parientes colaterales por consanguinidad en segundo grado.


La documentación necesaria para la inscripción consiste en copia compulsada del DNI o pasaporte de los solicitantes, acreditación de la emancipación si procede, certificado de empadronamiento y del estado civil, declaración de no tener entre sí relación de parentesco y declaración de voluntad para constituirse en pareja de hecho a través de escritura pública o comparecencia, en acto público o privado, ante el jefe de servicio competente en la Delegación Provincial para la Igualdad.

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